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Visado para nómadas digitales

Visado para nómadas digitales Publicado: 14-03-2022

nómada trabajando en ciudad

¿Qué es el Visado para nómadas digitales?

 

Durante las últimas semanas el Gobierno español publicó el Anteproyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes , más conocido como Ley de Startups. Con ella se pretende potenciar y facilitar un marco favorable para que sea posible la creación de nuevas empresas tecnológicas, además de atraer inversión y talento extranjero. Para ello, se establecerá una nueva categoría de visado y de autorización de residencia para profesionales del sector audiovisual o nómadas digitales.

 

Nómada digital, ¿qué es?

 

El auge de los empleos a distancia, acelerado por el fenómeno de la crisis sanitaria del Covid-19, ha evidenciado una nueva forma de trabajar y las oportunidades que se pueden encontrar a través del teletrabajo.

Con ello ha surgido un nuevo estilo de vida denominado nomadismo digital, desarrollado por personas cuyos empleos les permiten trabajar en remoto y cambiar de residencia habitualmente. Esto les permite un estilo de vida con gran libertad de establecimiento.

 

¿Qué beneficios plantea?

 

  • Derecho a residir y ejercer la actividad en el sector audiovisual de manera remota legalmente en España.
  • Libre circulación dentro de los países miembros de Schengen (27 países)
  • Beneficios fiscales para los nómadas digitales que soliciten este visado, pues se pretende crear un nuevo régimen tributario. Este ofrecería una mayor flexibilidad para pagar y acceder al impuesto de la renta de no residentes, lo que supondría una reducción en los impuestos que estos teletrabajadores extranjeros pagarían.
  • Tramitación simultánea para los familiares que acompañan al profesional de una manera mucho más ágil y flexible.

 

¿Cuál es su duración?

 

La vigencia varía dependiendo de si se trata de:

  • Autorización de estancia para el sector audiovisual
  • Autorización de residencia para el sector audiovisual.

 

¿Quién puede solicitarlo?

 

Podrán acogerse a las presentes instrucciones los artistas, técnicos y profesionales extranjeros que vayan a ejercer actividades enmarcadas en el sector audiovisual, actividades artísticas ante el público o destinadas a la grabación de cualquier tipo para su difusión por diferentes medios masivos. Es decir, aquellas profesiones que le permitan tener una vida nómada.

 

¿Cuáles son los requisitos generales?

 

1.El solicitante deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    1. No encontrarse irregularmente en territorio español.
    2. No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un Convenio.
    3. Abono de las tasas administrativas correspondientes
    4. Tener una relación laboral o profesional con la empresa que traslada o contrata al profesional en España.
    5. Contar con un seguro médico que le cubra durante todo el periodo de la estancia, con coberturas similares a las que ofrece el Sistema Público de Salud.
    6. Disponer de recursos económicos suficientes para sí y para los miembros de su familia que le acompañen.

2. La empresa que contrata o traslada a un artista, técnico o profesional extranjero deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:

    1. Ser parte del proyecto de producción en el sector audiovisual o actividad artística ante el público o destinada a la grabación de cualquier tipo para su difusión por diferentes medios masivos.
    2. Estar inscrita en el régimen del sistema de la Seguridad Social y encontrarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social y frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Se debe tener en cuenta que esta nueva ley se encuentra todavía en fase inicial por lo que debemos esperar a que el gobierno publique de manera oficial toda la información legal relacionada. En Goy Gentile contamos con abogados que se forman continuamente, para brindar un asesoramiento vanguardista y actualizado en todo momento.

Contacto
abogados@goygentile.com


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