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Visado de residencia por inversión o Golden Visa – Inversión de depós

Visado de residencia por inversión o Golden Visa – Inversión de depós Publicado: 15-06-2021

 

Descripción

Desde que se reguló el Visado por inversión o “Golden Visa” en la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, más de 25.000 personas se han beneficiado de esta autorización de residencia. De hecho, la residencia por inversión se ha convertido en uno de los permisos más demandados por los extranjeros cuyo objetivo es llevar a cabo una inversión en España.

Este Visado va dirigido a todos los extranjeros no pertenecientes a la UE, EEE o Suiza que deseen realizar una inversión significativa de capital en España. Esta Visa les otorgará un permiso de residencia por dos años, si la residencia se solicita desde España, o por un año, si se solicita desde el Consulado del país de origen.

Beneficios

La fama esta autorización de residencia no es en vano, ya que la misma implica numerosos beneficios para su solicitante.

En primer lugar, este permiso permitirá residir y trabajar al inversor y a sus familiares en todo el territorio nacional. Del mismo modo, los beneficiarios podrán desplazarse sin ninguna limitación por cualquiera de los veintiséis países de la zona Schengen. Además, la concesión de la autorización es muy rápida, ya que la Administración está obligada a dar una respuesta en 20 días hábiles. Finalmente, es la única autorización que no requiere la presencia obligatoria en España, por lo que será muy conveniente para todos aquellos que no deseen convertirse en residentes fiscales en España.

Requisitos  

En España, se entiende por inversión significativa de capital aquella que cumpla con los siguientes requisitos:

  1. Inversión inicial en activos financieros por valor igual o superior a:
    • Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas.
    • Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.
    • Dos millones de euros en títulos de deuda pública española.
  1. La adquisición de bienes inmuebles en España por un importe de 500.00 euros.
  2. Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, siempre que se cumpla una de las siguientes condiciones:

– Creación de puestos de trabajo.

– Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.

– Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.

Visado por inversión de 1 millón de euros en depósitos bancarios

En cuanto a la obtención del Visado por inversión de un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas, durante un tiempo se interpretó que el depósito debía ser dinero invertido en un producto financiero.

A día de hoy, y tal y como indica la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos, se admite que el capital se encuentre en una cuenta corriente siempre y cuando la persona solicitante sea titular único del mismo. Por tanto, sería suficiente que una persona depositara 1 millón de euros en una cuenta corriente en España para poder obtener la residencia por inversión. Este hecho se podría probar mediante un certificado de cuenta corriente que constate que el solicitante es el titular único del depósito bancario.

 

Desde Goy Gentile Abogados le asesoraremos en la solicitud de residencia por inversión, tanto si ésta se lleva a cabo a través del Consulado del país de origen, como si ésta se realiza desde España.

Contacto:

Claudia Hernández

claudiahernandez@gentileges.com

+34 604 512 160

 


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