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IRPF: 10 Puntos a tener en cuenta a la hora de hacer su IRPF

IRPF: 10 Puntos a tener en cuenta a la hora de hacer su IRPF Publicado: 07-04-2020

Debido a las crisis del COVID-19, son muchas las medidas que está llevando a cabo el Gobierno que afectan a nuestra economía y a nuestras obligaciones con la administración. Una de las medidas es la de la suspensión de los plazos administrativos y la de la posibilidad de aplazamiento de la deuda tributaria y la Seguridad Social .

La duda se encuentra en si estas medidas abarcan también los plazos de presentación de impuestos, pero lo cierto es que la obligación de realizar las declaraciones en plazo sigue estando vigente, por lo que aquellos que tengan la obligación de presentar la declaración de las rentas, deberán hacerlo en los plazos establecidos, es decir, del 1 de abril al 30 de junio. En caso de no hacerlo en el plazo estipulado, Hacienda podrá interponer sanciones y recargos.

Una persona tiene la obligación de hacer la declaración de la renta en España cuando (i) sea considerado residente fiscal en España y (ii) haya obtenido rendimientos (ya sea en España o en el extranjero).

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), es un impuesto directo que grava la renta de las personas obtenidas durante el año natural (en este caso, las obtenidas del 1 de enero de 2019 a 31 de diciembre de 2019).

Clasificación de las Rentas

Las rentas pueden calificarse de diferentes maneras:

  • Rendimientos del trabajo (sueldos y salarios, pensiones, prestaciones por desempleo etc.)
  • Rendimientos de actividades económicas (las rentas generadas por autónomos, por ejemplo).
  • Rendimientos del capital: puede ser mobiliario (dividendos, intereses etc.) e inmobiliario (las rentas provenientes del alquiler de inmuebles).
  • Ganancias patrimoniales (la ganancia obtenida con la venta de un bien).

A la hora de hacer la declaración de la renta, es importante tener en cuenta estos diez puntos:

  1. No todas las rentas tributan
  1. No se tributa por toda la cantidad obtenida de una renta sujeta y no exenta
  1. No toda la renta tributa igual
  1. No todo el mundo paga lo mismo
  1. No todos tienen la obligación de hacer la declaración de la renta:
  1. La no presentación en plazo supone imposición de sanciones y recargos:
  1. La presentación de la declaración en plazo no exime de responsabilidad:
  1. La pre declaración y los datos fiscales no siempre son correctos:
  1. La obligación de presentación un año no implica la obligación de presentar la renta al año siguiente:
  1. Tener la nacionalidad española no implica pagar impuestos en España:

Teniendo en cuenta todos estos puntos, es recomendable contar con el asesoramiento y la opinión de expertos sobre la obligación de hacer o no la declaración de la renta y como hacerla. En Goy Gentile estaremos encantados de asesorar a nuestros clientes en este aspecto.

Contacto:

Lucía Goy Mastromiechele

luciagoy@goygentile.com

+34 626 118 451

María Ribas Sáez

mariaribas@goygentile.com

+34 604 51 05 66

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